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Se decreta emergencia sanitaria por COVID-19

Quédate en casa hasta el 30 de abril

El Consejo de Salubridad General declaró emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor la enfermedad del #COVIDー19 , la declaratoria la dio a conocer Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores, durante la conferencia de prensa de las 19:00 horas de este lunes 30 de marzo.

Las medidas de Seguridad Sanitaria adoptadas por el Consejo de Salud son:


Medida 1.- Se ordena la suspensión inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de actividades no esenciales en sectores públicos, privados y social (antes estaba al 20 de abril); “con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional”.

La medida no aplica para actividades esenciales, como las de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el sector salud, público y privado. Tampoco en las involucradas en la seguridad pública y la protección ciudadana; en la defensa de la integridad y la soberanía nacional; la procuración e impartición de justicia, así como la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

Los sectores considerados como esenciales para el funcionamiento fundamental de la economía son: financieros, el de recaudación tributaria, distribución y venta de energéticos, gasolineras y gas, generación y distribución de agua potable, industria de alimentos y bebidas no alcohólicas, mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados; servicios de transportes de pasajeros y carga; producción agrícola y pecuaria, agroindustria, química, productos de limpieza; ferreterías, servicios de mensajería, guardias en labores de seguridad privada; guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas de la tercera edad, telecomunicaciones y medios de información, servicios privados de emergencia, servicios funerarios y de inhumación, de almacenamiento y cadena de frio de insumos esenciales, logística (aeropuertos, puertos y ferrocarriles), así como actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles para su continuación.

También se mantiene la operación de los programas sociales del gobierno.

Medida 2.– No realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas (antes era de 100)

Se mantiene el lavado frecuente de manos, estornudar o toser aplicando la etiqueta respiratoria, saludo a distancia (no saludar de beso, ni de mano, ni de abrazo) y todas las demás medidas de sana distancia vigentes y emitidas por la Secretaría de Salud Federal.

Medida 3.- Todos la población residente en territorio mexicano que no realicen actividades esencial deberán permanecer en resguardo domiciliario corresponsable, del 30 de marzo al 30 de abril.

Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible

Media 4.- Resguardo domiciliario corresponsable aplica de manera estricta a los mayores de 60 años, hipertensos,diabéticos, embarazadas, población vulnerable.

Medida 5.- La Secretaría de Salud definirá el regreso a las actividades, después del 30 de abril y será escalonado

Medida 6.- Se deberán postergar hasta nuevo aviso todos los procesos electorales, censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional, que involucren la movilización de personas y la interacción física (cara a cara) entre las mismas

Medida 7.- Todas las medidas deberán aplicarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos.

En la conferencia de prensa para anunciar las medidas tomadas por el Consejo de Salubridad General estuvieron los Secretarios de Salud, Jorge Alcocer; de Gobernación, Olga Sánchez Cordero; SRE, Marcelo Ebrard; SEDENA, Luis Cresencio Sandoval y de Marina, Vidal Francisco Soberón.

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