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Machetazo a Caballo de Espadas

Gertz Manero pidió a Hacienda correr a Santiago Nieto

“¿Hay malos entendidos entre ambos funcionarios?,” preguntó un periodista el lunes 13 de julio al Presidente de la República, en referencia a Alejandro Gertz Manero, Fiscal General de la República y Santiago Nieto, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera.


Y el Presidente de la República aceptó públicamente una realidad que vive la cúpula de la 4T casi desde el arranque del gobierno, por el incontrolable estilo de Nieto a ventilar las investigaciones a los medios de comunicación y por su fascinación a las primeras planas, que ya en 2017 le provocaron su despido de la extinta Procuraduría General de la República y que ahora le producen molestia al Fiscal General de la República.


En 2019 fue evidente el comienzo del pleito ente Alejandro Gertz Manero y Santiago Nieto, cuando en una entrevista radiofónica con Pascal Beltrán del Río, Gertz  Manero se quejó de quienes “ventilan información y con eso facilitan la huida de los presuntos inculpados”, en clara referencia a las revelaciones de Santiago Nieto sobre las investigaciones en torno a Emilio Lozoya y la desaparición posterior del ex director general de Pemex.
Y aunque fue hace unas semanas cuando otras declaraciones públicas de Gertz Manero volvieron a evidenciar sus diferencias con Santiago Nieto, uno de los momentos más difíciles de la relación entre ambos fue, sin embargo, a finales del año pasado.


En diciembre del 2019 fue conocido, entre el primer círculo de poder en la Presidencia de la República, que Alejandro Gertz Manero envió una carta al Secretario de Hacienda, Arturo Herrera, para pedirle el despido de Santiago Nieto, dado que la Unidad de Inteligencia Financiera es parte de la Secretaria de Hacienda y, por lo tanto, Herrera es formalmente el jefe de Santiago Nieto.


De acuerdo con la información que conocieron en ese primer círculo, Alejandro Gertz Manero le hizo saber a Arturo Herrera que Santiago Nieto violenta el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, al dar a conocer el contenido de carpetas de investigación que están en curso.
Y efectivamente, el artículo 218 del Código Nacional de Procedimientos Penales, titulado Reserva de los Actos de Investigación, dice que “en la investigación inicial, los registros de éstos, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz o imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados”.


El tiempo demostró que la carta de Gertz Manero no provocó el despido de Santiago Nieto, pero sí fue evidente que el titular de la UIF disminuyó considerablemente la revelación de datos sensibles de una investigación penal.


La revelación de información contenida en una investigación en curso es incluso un delito penal. El artículo 225 del Código Penal Federal, establece que “son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos, los siguientes (…) XXVIII.- Dar a conocer a quien no tenga derecho, documentos, constancias o información que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales”.


De acuerdo con el propio Código Penal Federal, la violación al artículo 225, fracción XXVIII, se castiga con una “pena de prisión de cuatro a 10 años y de cien a 150 días de multa”.
De igual manera, el artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales ordena, “toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento, mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el Órgano jurisdiccional, en los términos señalados en este Código”.


Igualmente, los artículos 15, referente al Derecho a la Intimidad y a la Privacidad; el 16, que garantiza la Justicia Pronta; el 17, sobre el Derecho a una Defensa y Asesoría Jurídica Adecuada e Inmediata; el 18, que garantiza al imputado ser informado de sus derechos; el 86, referente a garantizar las Notificaciones a Defensores o Asesores Jurídicos y el 131, fracción 23, que obliga al servidor público de la administración de justicia  a “actuar en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución”.


Pero la ironía en la pugna entre Gertz Manero y Santiago Nieto es que a siete meses de la queja formal del Fiscal por la forma en que el titular de la UIF hablaba de investigaciones en curso, ahora resulta que desde las propias entrañas de la Fiscalía General se filtra la información en torno a las declaraciones no oficiales de Emilio Lozoya sobre supuestos sobornos a panistas. Una filtración que daña el debido proceso y deja en ventaja judicial al inculpado.
Machetazo a Caballo de Espadas, se dice en el juego de cartas.

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