fbpx

LA LITIS

SALA DE ESPERA

Aprobar una consulta para conocer la opinión popular sobre llevar a juicio a cinco expresidentes de la República ha sido un auténtico estercolero jurídico-político.

         A vuelapluma: en uso de sus facultades constitucionales el presidente de la república solicitó una consulta para conocer esa opinión popular.

         De acuerdo con la Constitución, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debía determinar la constitucionalidad de esa solicitud, que fue enviada para su estudio y dictamen al ministro Luis María Aguilar.

         El ministro Aguilar elaboró un dictamen en el que consideró que la solicitud presidencial fue, en resumen apretado, un “concierto de incostitucionalidades”, basado sobre todo en que violaría los derechos humanos y otros derechos de quienes serían los presuntos imputados, y tambien al considerar que la aplicación de la justicia no puede, en nigún momento, ponerse a consulta.

         Lo expertos jurisconsultos del país opinaron lo mismo y vaticinaron que la SCJN votaría unánimente contra la solicitud, porque así lo establecen las normas jurídicas. Pero, no.

         Seis de once ministros, encabezados por su presidente Arturo Zaldívar, decidieron apoyar esa petición, pese al dictamen negativo de su compañero, que fue apoyado por otros cuatros ministros, quienes coincidieron en que la justicia no puede ponerse a consulta y que la SCJN está para hacer respetar la Constitución y no para buscar la popularidad política.

         La litis, como el escribidor sabe que dicen los juristas, no era la constitucionalidad de la petición (el artículo 35 de la Constitución establece los requisitos que deben cumplir los solicitantes y si se cumplen pues, natural y lógicamente, será una petición apegada a la Constitución). Es decir, una consulta ciudadana que cumpla con los requisitos legales es constitucional; está en la Constitución.

         La litis, de nuevo la palabreja, estuvo, está, en la pregunta que se pretendía hacer: solicitar la opinión popular sobre si se debe llevar a juicio a cinco expresidentes. Tanta razón tenía el ministro Aguilar que los votantes en contra de su dictamen tuvieron que reformular la pregunta ante la evidente inconstitucionalidad de la original, terminando en un mazacote o un papasal jurídico, cuyo origen es una decisión no jurídica, sino política.

         Si las cámaras del Congreso aprueban la consulta ciudadana (lo que no está en duda, dado el servilismo de la actual mayoría), los ciudadanos deberán votar y “decidir” si se toman “acciones legales” (indefinidas) contra “actores políticos” (indefinidos) por acciones (indefinidas) del pasado (indefinido). Se supone que los señores ministros saben que la indefinición es contraria a cualquier ley.

         Pero, el titular del Poder Ejecutivo necesita un circo político-electoral  para los comicios del 2021 y seis ministros de la SCJN (cuatro que le deben el cargo y su presidente en igual situación) decidieron complacerlo, luego de que los presionó recomendándoles no dejarse presionar en una de sus “mañaneras, a un costo económico de más de 8 mil millones de pesos (de nuestros impuestos) y a un costo político incalculable para la SCJN y el Estado de derecho en el país.

Comenta