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Escuelas particulares, obligados a devolver 100% de las colegiaturas

Las recomendaciones de Profeco

La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) ha recibido y atendido miles de quejas de enero del 2020 a la fecha, de padres de familia que tienen a sus hijos en escuelas particulares.

El reclamo de los padres de familias a los colegios se debe al aumento en las inscripciones o colegiaturas, condicionar el pago para la realización de exámenes, no cumplir con las horas clase, cobrar uniforme, útiles, transporte y hasta del campamento, a pesar de que la pandemia por covid-19 impide tomar clases regulares.

Los padres han manifestado que algunas escuelas particulares no quieren aplicar descuentos, a pesar de que sus planes de estudio no cumplen con las exigencias de la enseñanza en línea. Consideran que no pueden cobrar lo mismo por la educación que se dará a distancia y porque en muchos casos, los padres hacen la labor de los docentes.

Para la Profeco, si los padres de familia deciden cambiar a sus hijos de escuela, los colegios están obligados a regresar el pago de reinscripción, siempre y cuando se haya pagado por adelantado.

Cabe señalar que la contraprestación económica debe ser proporcional a la calidad y naturaleza de la enseñanza recibida, a la diversidad de los servicios y a las instalaciones y recursos académicos que las escuelas particulares utilizan para el cumplimiento de su objeto.

PROFECO

Los motivos más recurrentes son la negativa a la devolución del depósito, a la rescisión, al incumpliendo de plazos o temas que tienen que ver con los descuentos.

Recomendaciones:

Profeco sugiere a los padres de familia analizar, en el caso de la educación privada, a su proveedor; es decir, se le invita a compararlos con proveedores de educación a distancia o educación virtual que trabajan de esta manera en el país desde hace más de una década.

Hace un llamado a padres de familia e instituciones educativas a conciliar pagos de colegiaturas e inscripciones, de acuerdo con el esquema que cada escuela impartirá.

Indica que la contraprestación económica debe ser proporcional a la calidad y naturaleza de la enseñanza recibida, a la diversidad de los servicios y a las instalaciones y recursos académicos que las escuelas particulares utilizan para el cumplimiento de su objeto.

¿Se deben pagar o no colegiaturas ante la suspensión de clases?

Sí deben pagarse. El decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no elimina la obligación del pago de colegiaturas, porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases.

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